31/08/2026
¿Tu vivienda turística está realmente en regla en 2026?
Tener número VT es el punto de partida — no la garantía. La pregunta correcta que todo gestor o propietario debe hacerse es: ¿mi VUT está vigente, actualizada y sigo cumpliendo los requisitos que me corresponden?
La normativa ha cambiado, y la Ley 5/2026, de 31 de julio — en vigor desde el 11 de agosto — introduce matices importantes que afectan de forma diferente según la situación de cada vivienda: cuándo se inscribió, si ha habido cambio de propietario, si los datos en el Registro siguen siendo correctos o si la inscripción está próxima a vencer.
Tres cosas que todo gestor o propietario debe comprobar ahora mismo:
✅ Que los datos en el Registro de Turismo coincidan con la realidad actual — dirección, propietario, titular de la actividad, capacidad. Un dato desactualizado no queda subsanado por tener número VT
✅ Cuándo vence la inscripción — la vigencia es de 5 años, y la renovación debe presentarse dentro del mes anterior al vencimiento. Si vence el plazo sin hacerlo, procede la baja registral
✅ Si te afectan las excepciones de la Ley 5/2026 — hay dos casos en los que las reglas cambian: viviendas inscritas antes del 8 de agosto de 2024, y cambios de propietario por herencia
Próximamente publicaremos en nuestras redes el autodiagnóstico completo de 7 preguntas para que puedas comprobarlo tú mismo, con todas las excepciones y los plazos exactos.
📖 Guía completa con toda la normativa 2026: https://www.aptur.org/manual-del-gestor/normativa-viviendas-turisticas-comunitat-valenciana-2026/